Fútbol
21 de Mayo de 2026

Consejo Federal de la AFA: El Tribunal de Disciplina del Interior rechazó un recurso de apelación de Atlético Huanguelén

Ratificó el año de suspensión que el Tribunal de Penas de la Liga Regional de Fútbol le aplicó oportunamente al jugador Matías Urban Samek, de la 5ª división.

Consejo Federal de la AFA: El Tribunal de Disciplina del Interior rechazó un recurso de apelación de Atlético Huanguelén

En la reunión que llevó a cabo este jueves, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por el Club Atlético Huanguelén a la sanción de un año aplicada por el Tribunal de Penas de la LRF al jugador Matías Urban Samek, de la 5ª división.

El cuerpo disciplinario del Consejo Federal de la AFA dispuso mantener la durísima suspensión dictada a dicho futbolista, que en el partido de la segunda fecha del campeonato de divisiones inferiores ante Blanco y Negro, disputado en el Parque Felisa I. de Alberdi, fue informado por el árbitro y sus asistentes.

Cabe señalar que el cuerpo disciplinario liguista arribó a dicha resolución luego de recibido los informes arbitrales, donde cuentan que el mencionado futbolista le propinó un golpe de puño a la asistente N° 2 Brenda Polak y posteriormente la insultó.

Según consta en el expediente, todos los hechos fueron informados luego de finalizado el encuentro en medio de una crisis nerviosa de la señora Polak, donde pudo relatar los hechos a sus compañeros de terna.

El Tribunal de la LRF abrió la investigación, tomó declaraciones donde los árbitros ratificaron lo sucedido y contado en los informes. Se les tomó declaración a dirigentes del Club Huanguelén y a sus pares de Blanco y Negro con los que disputaron el partido.

El Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior considera que, más allá de los relatos, no se aportaron pruebas concretas y precisas que contradigan lo informado por la autoridad del encuentro.

Que los informes confeccionado por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consignan y que solo mediante el aporte de prueba directa en contrario puede desacreditarse el valor que se les asigna, y los apelantes no han presentado material suficiente para desmentir o desacreditar los informes presentados por los árbitros del encuentro.

Que esta valoración procede del principio de autoridad, sobre el que radica el imperio que tiene la persona, que a la sazón es el responsable máximo de la conducción del partido, pues de otra manera no sería posible juzgar en forma sumaria, segura y acorde a los principios del deporte, un legajo deportivo.

Además de rechazar el recurso de apelación, el organismo disciplinario del Consejo Federal de la AFA resolvió retener el arancel correspondiente que ascendió a 2 millones de pesos.

Por Claudio Meier, exclusivo para Noticias Tornquist, Suárez al Día, Cambio 2000 y Deportornquist.

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